Control Interno

Control_Interno

La Oficina de Control Interno está definida en la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Alta Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.

 FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO

  •  Valoración del riesgo
  • Acompañamiento y asesoría
  • Evaluación y seguimiento
  • Relación con entes externos
  • Fomento de la cultura del control

CARGO ASESORA DE CONTROL INTERNO

Tel (57 + 6) 7520200 ext. 15

Horario:  7:00 a.m. a 12 y 2:00 p.m. a 6:00 p.m. de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 12 y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

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