Control Interno

La Oficina de Control Interno está definida en la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Alta Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.
FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO
- Valoración del riesgo
- Acompañamiento y asesoría
- Evaluación y seguimiento
- Relación con entes externos
- Fomento de la cultura del control
CARGO ASESORA DE CONTROL INTERNO
Tel (57 + 6) 7520200 ext. 15
Horario: 7:00 a.m. a 12 y 2:00 p.m. a 6:00 p.m. de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 12 y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.